CORREO, DEMANDA DE AMPARO DEPOSITADA EN EL.
No debe tomarse en cuenta la fecha en que haya sido recibida la demanda de amparo en el Juzgado de Distrito, sino la fecha en que se depositó en la oficina de correos, el escrito en que se contiene, de acuerdo con la disposición contenida en el artículo 25 de la Ley de Amparo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/347241-4d07de1e/correo-demanda-de-amparo-depositada-en-el · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Tomo XCI, página 3197. Indice Alfabético. Queja 696/46. Gómez Gabriel. 8 de marzo de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José María Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo XCI, página 1891. Queja en amparo civil 697/46. Gómez Gabriel, sucesión de. 6 de marzo de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José María Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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