Corpus
Modo: Corpus Pro

DEMANDA DE AMPARO, PROCEDENCIA DE LA, AUNQUE SE SEÑALE ERRONEAMENTE A LA AUTORIDAD RESPONSABLE.

Clave: — · Registro digital (IUS): 347243 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 1897

El error que sufrió el promovente de la demanda de amparo, al imputar equivocadamente al principio de ella a una autoridad la resolución que reclama, no constituye motivo manifiesto e indudable de improcedencia, en los términos del artículo 145 de la Ley de Amparo, si claramente, con posterioridad, se dice en la propia demanda, cuales son los actos reclamados y las autoridades responsables a quienes se imputan.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/347243-5547e690/demanda-de-amparo-procedencia-de-la-aunque-se · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Queja en amparo civil 699/46. Gómez Gabriel, sucesión de. 6 de marzo de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José María Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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