FIANZA EN EL AMPARO, MONTO DE LA.
Si en virtud de la suspensión el quejoso no puede ser lanzado de la finca arrendada ni puede obligársele a pagar las costas de la apelación, los daños que se ocasionen al tercer perjudicado en caso de que se niegue el amparo, consistirán en el importe de las rentas durante el término de tres años, tiempo máximo en que puede ser fallado el amparo, y plazo que si bien es cierto no lo fija la Ley Reglamentaria de los artículos 103 y 107 Constitucionales, también lo es que ha sido determinado por la jurisprudencia sustentada por esta Suprema Corte al respecto, y el de las costas y los perjuicios se traducen en los intereses legales, durante el plazo mencionado, sobre el monto de aquellas prestaciones.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/347651-d3aa31d4/fianza-en-el-amparo-monto-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- FIANZA EN EL AMPARO, MONTO DE LA (DESOCUPACION). (s/clave)
- FIANZA EN EL AMPARO, MONTO DE LA (EMBARGOS, TILDACION DE LOS, EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD). (s/clave)
- FIANZA EN EL AMPARO, MONTO DE LA (DESAHUCIO). (s/clave)
- FIANZA EN EL AMPARO, MONTO DE LA. (s/clave)
- FIANZA EN AMPARO, MONTO DE LA, EN CASO DE ARRENDAMIENTO. (s/clave)
- FIANZA EN EL AMPARO, MONTO DE LA, EN CASO DE DESOCUPACION. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis