APELACION EN MATERIA MERCANTIL, EXCLUSION DE PRUEBAS EN LA.
El artículo 1342 del Código de Comercio establece que las apelaciones se admitirán o se denegarán de plano y se sustanciarán con un solo escrito de cada parte y el informe en estrados, si las partes quisieron hacerlo. De esta disposición se advierte que las diligencias de prueba quedan excluidas, y no es posible recurrir a la aplicación supletoria de la legislación procesal común, por virtud de la precisión con que está redactado aquél precepto, que fija la forma de tramitación de las apelaciones en materia mercantil.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/349285-94d7761d/apelacion-en-materia-mercantil-exclusion-de-pruebas-en · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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