INFORMACIONES AD PERPETUAM.
La escritura de protocolización de una información ad perpetuam, carece de valor para destruir la escritura de compraventa de un inmueble, pues además de que esa información sólo podría justificar la posesión del inmueble en favor de quien la haya promovido, no surte efectos contra tercero, ni puede ser estimada en juicio contradictorio como una información testimonial ofrecida y rendida con arreglo a la ley, según lo ha establecido la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/349520-c8d092b2/informaciones-ad-perpetuam · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 5119/45. Oropeza viuda de Linares Agapita. 10 de noviembre de 1949. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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