DEPOSITO MERCANTIL, LEY APLICABLE AL CONTRATO DE.
El artículo 2547 del Código Civil del Distrito Federal de mil ochocientos ochenta y cuatro, según el cual, el depósito es gratuito por su naturaleza, aunque pueda el depositario estipular alguna gratificación, es inapelable tratándose del depósito constituido en poder de una sociedad mercantil, mientras no se acredite que, por excepción, ésta ejecutó un acto de naturaleza civil, extraño a su objeto; y como el Código de Comercio estatuye expresamente sobre este punto, debe excluirse la supletoriedad del Código Civil.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/349728-6fbd94bd/deposito-mercantil-ley-aplicable-al-contrato-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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