SIMULACION DE CONTRATOS.
El albacea de la sucesión carece de acción para demandar la nulidad por simulación, de los contratos de compraventa celebrados por el autor de la herencia, ya que no puede decirse que éste hubiera vendido sus bienes con el fin de defraudar los derechos de sus futuros herederos, los que no pueden considerarse perjudicados con esa venta, en virtud de que no tienen derecho de heredar forzosamente bienes de los que pudo disponer libremente el autor de la sucesión, dada la facultad que al propietario concede la ley, para la disposición de sus bienes.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/350115-c51257cf/simulacion-de-contratos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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