PRUEBAS EN EL AMPARO.
Debe declararse fundada la queja que se enderece contra el Juez de Distrito que se niegue a aceptar la prueba de inspección judicial, fundándose en que no es apta para acreditar el hecho de la posesión porque en el juicio de garantías son admisibles toda clase de pruebas, excepto la de posesiones y las que fueren contra la moral y contra el derecho, sin perjuicio de que el Juez en la sentencia respectiva, califique su valor, su eficacia jurídica y determine si han sido o no apta para justificar el hecho que se pretendió probar.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/350665-4a47dc7d/pruebas-en-el-amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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