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Modo: Corpus Pro

APELACION, AGRAVIOS EN LA (LEGISLACION DE PUEBLA).

Clave: — · Registro digital (IUS): 350831 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 2743

A ordenar el artículo 512 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Puebla, que el apelante exponga los agravios que en su concepto le cause la resolución recurrida, expresando sucintamente los puntos de hecho y derecho en que funde cada agravio, indudablemente requiere que el recurrente fije los motivos por los que le causa perjuicio la sentencia apelada, sin que baste la sola cita de preceptos, sin indicar por qué fueron violados.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/350831-98f7f04b/apelacion-agravios-en-la-legislacion-de-puebla · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo civil directo 6580/42. Orta Antonio M., sucesión de y coagraviado. 27 de julio de 1943. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro de Felipe de J. Tena no intervino en la resolución de este asunto por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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