APELACION, DESERCION DEL RECURSO DE.
No es necesario pedir la reparación constitucional contra el auto que niega la deserción del recurso de apelación, por no haber acompañado el apelante en un juicio de divorcio, copia de su escrito de expresión de agravios, para el Ministerio Público, pues dicho auto no es de aquellas providencias, que al tener del artículo 159 de la Ley de Amparo, producen indefensión.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/350926-58c815b4/apelacion-desercion-del-recurso-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 540/41. Ríos de Ugalde Tránsito. 27 de agosto de 1943. Mayoría de tres votos. Ausente: Emilio Pardo Aspe. Disidente: Hilario Medina. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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