QUEJA SIN MATERIA.
Si la queja se promovió en un amparo que se consideraba de carácter directo, y la Suprema Corte se declaró incompetente para conocer de él en única instancia y ordenó que se remitiera la demanda y sus anexos al Juez de Distrito respectivo y dicho auto causó estado, la queja queda sin materia, puesto que corresponderá al Juez de Distrito proveer lo que corresponda respecto de lo que es motivo de la misma.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/351600-9d0eccc3/queja-sin-materia · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Queja en amparo civil 734/40. Pérez Franco Marcelino. 23 de octubre de 1942. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Téofilo Olea y Leyva no intervino por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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