ALBACEAZGO, SOBRESEIMIENTO EN LOS JUICIOS SUCESORIOS, EN CASO DE CONVENIO.
Si la resolución que sobreseyó en un juicio sucesorio, a virtud de un convenio habido entre los herederos, y autoriza al notario público respectivo, para que expidiera las hijuelas correspondientes, no ha causado estado y ni siquiera se notificó a los interesados, no puede decirse que haya concluido el juicio sucesorio, pues para ello sería necesario, aun admitiendo que esa resolución hubiera causado ejecutoria, que la misma se cumpliera y protocolizara ante el notario, y que éste expidiera las hijuelas correspondientes; de manera que si no ha tenido lugar esto último, no puede decirse que el albacea designado en la sucesión, haya concluido su encargo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/352489-e95dd532/albaceazgo-sobreseimiento-en-los-juicios-sucesorios-en-caso · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- SUCESIONES. (s/clave)
- SUCESIONES, EJECUCION DE SENTENCIAS CONTRA LAS. (s/clave)
- SUCESIONES, JUICIOS POR LAS. (s/clave)
- SUCESIONES, OBLIGACIONES DE LAS, EN CASO DE HEREDERO UNICO. (s/clave)
- ALBACEA. ALLANAMIENTO A LA DEMANDA DESPUES DE LA ADJUDICACION. (s/clave)
- SUCESIONES, REPRESENTACION DE LAS. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis