Corpus
Modo: Corpus Pro

APELACION EXTRAORDINARIA, RECHAZAMIENTO DE LA.

Clave: — · Registro digital (IUS): 352592 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 5898

Si bien es cierto que el auto que desecha el recurso de apelación extraordinaria, constituye un acto negativo, también lo es que trae como consecuencia, dejar firme la sentencia del Juez, quien puede ejecutar su resolución, y si el amparo y la suspensión se piden para impedir esa ejecución, alegando que el rechazamiento del recurso es acto violatorio de garantías, no es de aceptarse el argumento de que el amparo no se endereza contra la sentencia del Juez, no resulta lógico ni procedente suspender su ejecución, pues como ya se dijo, al quedar firme la sentencia por la falta del recurso, es lógico que el Juez puede ejecutar su fallo, y procede conceder la suspensión para impedirlo, si se está dentro de los términos previstos por la Ley de Amparo.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/352592-b92373ca/apelacion-extraordinaria-rechazamiento-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 2285/42. Gómez Leonor. 20 de junio de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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