Corpus
Modo: Corpus Pro

DIVORCIO, ABANDONO DEL DOMICILIO CONYUGAL COMO CAUSAL DE.

Clave: — · Registro digital (IUS): 352798 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 2367

Aunque esté comprobado que uno de los cónyuges abandonó el domicilio conyugal por más de seis meses, si el otro cónyuge consintió en que volviera a su lado, tal hecho significa que hubo perdón, cuando menos tácito, de su parte, y por tanto, aquella separación no puede fundar el divorcio, de acuerdo con lo que previene el artículo 279 del Código Civil para el Distrito y Territorios Federales.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/352798-3cf0a040/divorcio-abandono-del-domicilio-conyugal-como-causal-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo civil directo 198/41. Hernández Celestino Alejo. 12 de febrero de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Emilio Pardo Aspe. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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