Corpus
Modo: Corpus Pro

CESION DE DEUDAS, CONCEPTO DEL CONTRATO DE.

Clave: — · Registro digital (IUS): 353745 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVIII; Pág. 523

La cesión de deudas se define como el contrato por el cual un nuevo deudor asume una deuda existente, en lugar del hasta entonces deudor; el deudor anterior se libera, se subroga un nuevo deudor, y la obligación sigue siendo la misma. El Código Civil del Distrito Federal, hace consistir ese contrato en el acuerdo entre el primitivo y el nuevo deudor, sometido a la aprobación expresa o tácita del acreedor. El consentimiento expreso no necesita reglas; pero en cambio, el tácito, como presunción legal, requiere un conjunto de actos que, correspondiendo originariamente al deudor primitivo, lleva a cabo el nuevo deudor, siempre que lo haga en nombre propio y no por cuenta del primero.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/353745-33935a5b/cesion-de-deudas-concepto-del-contrato-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo civil directo 7592/38. Oneto Barenque Manuel. 14 de abril de 1941. Unanimidad de cinco votos. Relator: Hilario Medina.

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