FORMA DEL JUICIO, AMPARO EN CASO DE.
Es indudable que la interlocutoria que revoca la sentencia que a su vez revocó al auto por el que se niega la admisión de la vía mercantil, causa perjuicios al afectado, desde el momento en que lo priva del ejercicio de una acción de carácter mercantil que tiene derecho a ejercitar y mediante la cual puede seguirse un procedimiento contencioso de carácter privilegiado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/353912-a54c4c28/forma-del-juicio-amparo-en-caso-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil. Revisión del auto que desechó la demanda 7121/40. Souza de Robles Gil Ma. Luisa y coagraviado. 18 de enero de 1941. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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