EMPLAZAMIENTO POR EDICTOS.
Para que un emplazamiento por edictos en el Periódico Oficial, por medio del cual se cite al demandado a fin de que comparezca en juicio, surta sus efectos legales es indispensable que el actor ignore el domicilio del reo, en forma tal, que le sea imposible localizarlo, pues el espíritu de la ley civil es el de que la primera notificación para concurrir al juicio, se haga personalmente al demandado, y sólo en aquellos casos en que el actor y, en general, todas las personas con quienes pudiera informarse, ignoren dicho domicilio, se haga por publicaciones en la prensa.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/354093-7e55bdb4/emplazamiento-por-edictos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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