SUCESIONES, NOTIFICACIONES A LAS.
Si cuando se admite el recurso interpuesto por una persona, ésta ya ha fallecido, se ha radicado su sucesión, se ha hecho el reconocimiento de herederos y la designación de albacea provisional, el emplazamiento que se le haga para que mejore la apelación, no puede tener efecto alguna para la sucesión, pues debió habérsele hecho al representante de ésta.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/354450-f1bede6e/sucesiones-notificaciones-a-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión 5253/39. Granados Clemente sucesión de. 20 de agosto de 1940. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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