Corpus
Modo: Corpus Pro

AGRAVIOS, EXPRESION DE.

Clave: — · Registro digital (IUS): 354471 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 2835

El artículo 436 del Código Federal de Procedimientos Civiles, sólo contiene disposiciones de método y no substanciales, que pudieran constituir una fórmula indispensable en el procedimiento, ya que lo que ese precepto exige es que los apelantes sigan un orden necesario para la claridad y precisión de las cuestiones que han de resolverse en la apelación, y cuando estos requisitos en substancia se llenen, es indudable que no puede decirse infringido el precepto, aunque haya defectos formales en la redacción y expresión de agravios.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/354471-e80061d3/agravios-expresion-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo civil directo 13776/32. Esparza Mercedes José. 29 de agosto de 1940. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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