NACIONALIZACION, PRESUNCIONES EN CASO DE.
En materia de nacionalización, bastan indicios lógicos que conduzcan al sentenciador a la conclusión de que un inmueble pertenece al clero de un credo religioso y que su titular es una interpósita persona, para que se declare procedente la acción de nacionalización, de acuerdo con lo establecido por la fracción II del artículo 27 constitucional y, por tanto, la prueba de presunciones a que ese precepto se refiere, para ser bastante, no es necesario que satisfaga precisamente, todas las reglas que para ella fija la ley procesal, puesto que de lo contrario, el legislador constitucional no tendría para qué haber determinado que bastaba para estimar fundada la denuncia, la prueba presuntiva, ya que las presunciones constituyen un medio probatorio. Los únicos requisitos que se exigen se satisfagan, cuando se trata de dicho procedimiento, son los provenientes de la índole lógica de la misma prueba, ya que entrañando una inferencia de la verdad conocida a la que se busca, debe sujetarse a los principios que norman la ciencia aludida.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/354477-6acc7fa5/nacionalizacion-presunciones-en-caso-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- NACIONALIZACION DE BIENES, PRESUNCIONES PARA LA PROCEDENCIA DE LA. (s/clave)
- NACIONALIZACION DE BIENES, PRUEBA DE PRESUNCIONES EN LA. (s/clave)
- NACIONALIZACION DE BIENES, PRUEBA PRESUNTIVA EN LA. (s/clave)
- NACIONALIZACION DE BIENES. (s/clave)
- NACIONALIZACION DE BIENES. (s/clave)
- NACIONALIZACION, NATURALEZA DE LAS PRUEBAS PRESUNTIVAS EN LA. (1137)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis