OBLIGACIONES, CONFESION DE LAS.
La confesión de una obligación no demuestra la real existencia de ésta, que no nace a la vida jurídica por efecto de aquélla, sino por la voluntad normalmente expresada en el contrato, pues sólo prueba que se cree tener una obligación no contraída realmente, que se obró dentro de tal creencia y que se cumplió por error una obligación no pactada, cumplimiento que en estas condiciones no genera ni legitima dicha obligación.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/354594-75187d59/obligaciones-confesion-de-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 3961/38. Casais Manuel. 6 de abril de 1940. Mayoría de tres votos. Ausente: Sabino M. Olea. Disidente: Luis Bazdresch. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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