Corpus
Modo: Corpus Pro

PRUEBAS, ADMISION DE LAS.

Clave: — · Registro digital (IUS): 354706 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIV; Pág. 1986

Aunque el artículo 202 del Código de Procedimientos Civiles autoriza a las partes para ofrecer, aun después del término probatorio, ciertas probanzas de hechos ocurridos con posterioridad a dicho término, ese arbitrio no puede ser de una duración indefinida, pues, lógicamente, debe fenecer con la secuela procesal que se cierra a las partes con la providencia que las emplaza para oír la resolución que pone fin a la instancia.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/354706-d1ae0469/pruebas-admision-de-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo civil directo 7773/38. Peón de Molina Isela. 2 de mayo de 1940. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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