PERSONALIDAD EN EL AMPARO, IMPROCEDENCIA DE LA REVOCACION DE LAS DETERMINACIONES RELATIVAS A LA.
Si bien es verdad que las cuestiones de personalidad deben estudiarse previamente en el juicio de amparo, también lo es que si en el auto inicial se reconoce personalidad a una de las partes, y ese auto, bien o mal dictado, adquiere el carácter de firme, y dicha personalidad no es impugnada, no debe modificarse, mediante los recursos de revisión y de queja, por la Suprema Corte.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/355449-33b6fcd2/personalidad-en-el-amparo-improcedencia-de-la-revocacion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión 4399/37. Bianchi de Alvarado Raquel, sucesión de. 7 de diciembre de 1939. Mayoría de tres votos. Ausente: Francisco H. Ruiz. Disidente: Luis Bazdresch. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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