QUIEBRAS, CLASIFICACION DE LAS.
La clasificación de la quiebra que se hace en la sentencia de graduación, tiene exclusivamente los fines mercantiles que afectan en esa calidad al fallido, mediante la posibilidad de un concordato con sus acreedores y su rehabilitación, finalidades enteramente distintas e independientes de las de carácter penal, que pueden conducir a la imposición de una sanción consistente en privación de la libertad y reparación del daño causado, por lo que no pudiendo invocarse como cosa juzgada en materia penal, una sentencia ejecutoria en materia mercantil, no puede ésta servir de base exclusiva e indudable, para una orden de aprehensión.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/355775-e08f97e9/quiebras-clasificacion-de-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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