HIPOTECAS, CASOS EN QUE LAS CONCESIONES NO SON OBJETO DE LAS.
Como una concesión federal para aprovechamiento de aguas y la planta de generación de energía eléctrica, constituye una universalidad de bienes, una entidad economicojurídica, con finalidades industriales propias, distintas del objeto a que están dedicadas las fincas hipotecadas, en las que aquellas se encuentran establecidas, no es posible considerar, que a falta de declaración contractual expresa, de que tales bienes quedan afecto al gravamen real, y pueda incluírseles en la hipoteca, para los efectos de la sentencia de remate que se pronuncie en el juicio respectivo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/356005-0c5ff509/hipotecas-casos-en-que-las-concesiones-no-son · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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