FIANZA EN EL AMPARO, QUE DEBE GARANTIZAR.
Si se concedió la suspensión del acto reclamado contra el embargo de la maquinaria de una fábrica, perteneciente a persona extraña al procedimiento en el cual se despacho el embargo, y al suspenderse aquél, hay indicios de que la parte quejosa puede ejecutar actos lesivos para el tercero perjudicado, por existir un juicio hipotecario seguido contra la parte quejosa, en el cual se despacho ejecución por determinada suma, es incuestionable que la fianza debe ser suficiente para garantizar el valor de la maquinaria, que es en lo que se traducirían los daños y perjuicios para el actor, en el juicio del orden común.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/356194-2458d34b/fianza-en-el-amparo-que-debe-garantizar · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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