NACIONALIZACION DE BIENES, PRESUNCIONES PARA LOS EFECTOS DE LA.
De acuerdo con la fracción II del artículo 27 constitucional, basta la prueba de presunciones para decretar la nacionalización de los bienes que posea, por sí o por interpósita persona las asociaciones religiosas denominadas iglesias, y esa prueba no es necesaria que sea perfecta, porque de exigir que fuera así, no había razón para que se consignara en el precepto constitucional citado, puesto que es uno de los medios de prueba establecidos en la legislación común, por lo que basta la demostración de algún hecho que induzca a suponer racionalmente que son ciertos los fundamentos de la acción, para estimar perfeccionada la prueba.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/357180-50ac6f9d/nacionalizacion-de-bienes-presunciones-para-los-efectos-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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