APEO Y DESLINDE (LEGISLACION DE TLAXCALA).
Las disposiciones reglamentarias del apeo y deslinde, establecidas en el Código de Procedimientos Civiles del Estado de Tlaxcala, de fecha 6 de enero de 1902, figuran en la sección 7a., del capítulo IV, que se refiere a los interdictos, no siendo aplicables, por lo tanto, las disposiciones que regulan los procedimientos de jurisdicción voluntaria, entre las que se cuenta la contenida en el artículo 1329 del propio ordenamiento.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/357237-d2211c0f/apeo-y-deslinde-legislacion-de-tlaxcala · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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