SENTENCIA DEFINITIVA PARA LOS EFECTOS DEL AMPARO.
Por sentencia definitiva debe entenderse, para los efectos del amparo directo, la que define una controversia en lo principal, estableciendo el derecho, en cuanto a la acción y a la excepción que hayan motivado la litis contestatio, y siempre que respecto de dicha sentencia, no proceda recurso ordinario alguno por el que pueda ser modificada o reformada.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/358333-44e78439/sentencia-definitiva-para-los-efectos-del-amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión 2563/35. Bessette Leo. 14 de julio de 1936. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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