TERCERO EXTRAÑO AL JUICIO.
El hecho de que la diligencia de posesión dada al quejoso en amparo, no aparezca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, no modifica la situación de extraño que pueda tener en el procedimiento en el que se le desposee.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/358775-2e33c2e4/tercero-extrano-al-juicio · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión 1998/35. Contreras Ildefonso. 10 de enero de 1936. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Abenamar Eboli Paniagua no estuvo presente cuando se votó este asunto por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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