EJECUCION DE SENTENCIA.
El procedimiento de ejecución de sentencia culmina con el auto de aprobación de remate, y en éste, el Juez está obligado a examinar, de manera forzosa, todos los procedimientos que le dieron origen; por lo que las partes no están obligadas a formular protesta contra las violaciones de procedimiento que estimen que se han cometido en el incidente de ejecución y sólo lo están a expresarlas como agravio en la apelación que interpongan contra el mencionado auto, para que sea tenido en cuenta en el amparo que se interponga contra la interlocutoria de segunda instancia.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/358793-db8c3fc4/ejecucion-de-sentencia · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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