DOMICILIO CONYUGAL, ABANDONO DEL.
Acreditada la existencia del contrato de matrimonio entre una mujer y su cónyuge, también lo está la obligación de aquélla, de vivir al lado de su marido, y por consiguiente obligada también a demostrar el haberse desligado del vínculo jurídico relativo, por cualquiera de los medios que la ley establece para ese efecto, o probar que no cumplió con aquella obligación, con el consentimiento del propio marido y en virtud del convenio que con el mismo celebró, ya que de lo contrario, debe estimarse comprobado el abandono del domicilio conyugal.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/359292-93567ddf/domicilio-conyugal-abandono-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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