PAGARES MANCOMUNADOS.
Si el pagaré base de la acción aparece firmado mancomunada y solidariamente por el demandado, y éste se excepciona alegando que sólo firmó en calidad de fiador y sin haber renunciado los beneficios de orden y excusión, el fallo que lo condena no es violatorio de garantías, si dicho demandado no rinde pruebas bastantes para justificar sus excepciones.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/359917-4238f01b/pagares-mancomunados · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Recurso de súplica 252/33. Alvarez Amada y coagraviado. 11 de abril de 1935. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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