ACCION PERSONAL, JUEZ COMPETENTE EN CASO DE.
Es Juez competente para conocer del ejercicio de una acción personal, si no hay constancia alguna de que se ha designado previamente lugar para ser requerido, ni haya contrato en que exista tal designación, el Juez del domicilio del demandado, de acuerdo con la fracción IV del artículo 156 del Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal, en vigor.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/360453-f24ccab6/accion-personal-juez-competente-en-caso-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Competencia 102/34. Suscitada entre los Jueces de Primera Instancia de Chalco, Estado de México, y Quinto de lo Civil del Distrito Federal. 10 de septiembre de 1934. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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