CONTRAFIANZA EN AMPARO.
Si se endereza una queja en contra del auto que pronuncie un Juez de Distrito, fijando como monto de una contrafianza, determinada cantidad, y se alega que de aceptarse tal contrafianza, quedará el amparo sin materia, no es de admitirse esa alegación, toda vez que la contrafianza tiende a asegurar la materia del amparo, pues responde, además, de los daños y perjuicios que sobrevengan por la no suspensión del acto reclamado, de la restitución de las cosa al estado que guardaban antes de la violación.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/360571-1c47bd63/contrafianza-en-amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Queja en amparo civil 304/34. García María de Jesús. 22 de octubre de 1934. Unanimidad cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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