Corpus
Modo: Corpus Pro

CONVENIOS JUDICIALES, FUERZA DE LOS.

Clave: — · Registro digital (IUS): 361070 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 3289

Aun cuando el actor confiese, al contestar unas posiciones, haberse unido en amasiato con la demandada, muchos meses después de que ésta había adquirido unos inmuebles, respecto de los cuales se la condena a otorgar al demandante la escritura de propiedad, confesión que hace prueba plena en contra de aquél, la misma no debe tomarse en cuenta, si el actor probo la acción con un convenio celebrado, en el que la propia demandada reconoció, a favor del demandante, la propiedad de los bienes inmuebles de referencia, obligándose a otorgar la escritura respectiva.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/361070-19f969b6/convenios-judiciales-fuerza-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo civil directo 1272/30. Silva Pilar. 17 de agosto de 1934. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Francisco Díaz Lombardo no asistió, por las razones que se expresan en el acta. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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