PERJUICIO, BASE DEL AMPARO.
El amparo está destinado a reparar actos que producen un perjuicio real y efectivo en los bienes, derechos o personas de alguno, y no a ocuparse, dentro de un terreno meramente especulativo, de cuestiones abstractas, cuya resolución sólo está relacionada con la técnica jurídica, pero que ningún resultado produzca, de ejecución material, en los bienes, derechos o persona de que se ha hablado; así es que si se reclama una resolución que declara ejecutoriada una sentencia interlocutoria y esa sentencia debía causar estado, por ministerio de ley, el hecho de la declaración ningún perjuicio real puede causar al quejoso y el amparo es improcedente.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/361096-85292fba/perjuicio-base-del-amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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