IMPROCEDENCIA.
Siendo la procedencia del amparo, cuestión de orden público, los Jueces Federales deben resolver preferentemente sobre ella.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/361209-2c1c4ebf/improcedencia · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión 3614/33. Evers Susana Magdalena. 17 de enero de 1934. Mayoría de tres votos. Disidentes: Alfonso Pérez Gasga y Ricardo Couto. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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