LETRAS DE CAMBIO, ENDOSO AL COBRO.
Conforme al Código de Comercio, el endosatario al cobro, puede intentar en juicio las acciones que se derivan de la letra de cambio.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/361652-6ee2d7c0/letras-de-cambio-endoso-al-cobro · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Recurso de súplica 96/33. San Martín Rafael. 10 de octubre de 1933. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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