LETRAS DE CAMBIO.
Aunque en ellas no se diga de un modo expreso el lugar en que el girado debe efectuar el pago, hay que tener en cuenta que la Ley Mercantil no llega a determinar la forma en que ha de indicarse dicho lugar, por lo cual, si del examen de la letra, puede llegarse al convencimiento de cuál es la plaza en que el aceptante está obligado a cumplir la obligación que contrajo, es indudable que debe conceptuarse que se ha llenado el requisito a que se contrae la fracción V, del artículo 451, del Código de Comercio y, por ende, que es correcto el mencionado documento.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/362369-148f9b0d/letras-de-cambio · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- LETRAS DE CAMBIO. (s/clave)
- LETRA DE CAMBIO, LUGAR EN QUE DEBE PAGARSE. (569)
- LETRAS DE CAMBIO. (s/clave)
- LETRAS DE CAMBIO, REQUISITOS DE LAS. (s/clave)
- LETRAS DE CAMBIO. (s/clave)
- LETRAS DE CAMBIO. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis