DIAS FERIADOS
De acuerdo con el Decreto de 10 de octubre de 1929, el día 12 de octubre está declarado día de fiesta nacional, y, por tanto, no debe incluirse en el cómputo de los términos judiciales, según lo previene la fracción II del artículo 20 de la Ley de Amparo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/362517-968004e5/dias-feriados · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión 3746/31. Manríquez viuda de Villegas María del Refugio. 10 de octubre de 1932. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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