NEGACION DE LA DEMANDA.
La simple negación de la demanda, sin dejar de ser una defensa que puede emplear el reo, no constituye una verdadera excepción perentoria, porque ésta supone la existencia de uno o varios hechos o circunstancias que invalidan el derecho que se atribuye al demandante.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/362542-8cb8f891/negacion-de-la-demanda · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 2364/31. García José Cristóbal. 20 de octubre de 1932. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Francisco Díaz Lombardo no votó por las razones que se expresan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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