SUCESIONES, RESOLUCIONES EN LAS.
La resolución que pone fin a un procedimiento contencioso dentro de un juicio sucesorio, es recurrible en la vía de amparo, ya que, dentro de ese procedimiento, puede privarse de defensa al quejoso, en los términos de las fracciones III y IV del artículo 107 constitucional, y cometerse las violaciones del párrafo cuarto del artículo 14 de la Constitución, además de que, tratándose de un caso de jurisdicción mixta, no existe la sentencia definitiva a que se refiere la fracción II del artículo primeramente invocado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/362633-012f5baa/sucesiones-resoluciones-en-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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