SUCESIONES, SENTENCIA DEFINITIVA EN LAS.
Si una resolución reclamada en el amparo, se ha dictado en un juicio sucesorio, dentro del cual no tiene reparación posible el agravio que pudiera resultar al quejoso, por no haber una sentencia en esos juicios, que abarque todo el procedimiento, estos actos deben estimarse ejecutados fuera de juicio, y por tanto, procede la demanda de amparo que contra los mismos se enderece, de acuerdo con lo dispuesto en la fracción IX del artículo 107 constitucional.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/809517-3edb0280/sucesiones-sentencia-definitiva-en-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil. Revisión del auto que desechó la demanda 3541/34. Torrescano de Vázquez María. 14 de mayo de 1932. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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