APELACION, CONTINUACION DEL RECURSO DE.
Ante la necesidad de que no se retarden indefinidamente los pleitos, dejando a merced del apelante, el ejercicio de los derechos que adquiere al abrirse la segunda instancia, mediante la admisión del recurso, la ley quiso fijar un término para que se continúe la apelación interpuesta; pero esta medida no persigue como objeto, que se determine desde qué momento puede el recurrente comparecer ante el superior; la única finalidad que de esta manera quiso alcanzarse, fue la de precisar cuándo termina el plazo concedido para el ejercicio de los derechos a que se hace referencia. Atendiendo a esta razón, es lógico concluir que el recurso de apelación puede ser continuado ante el tribunal, en cualquier momento, con tal que no haya expirado el término del emplazamiento.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/363211-0bba8835/apelacion-continuacion-del-recurso-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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