RETROACTIVIDAD DE LAS LEYES.
La ley es retroactiva cuando vuelve sobre el pasado, sea para apreciar las condiciones de legalidad de un acto, o para modificar o suprimir los efectos de un derecho realizado. Fuera de estos casos, no hay retroactividad, y la ley puede modificar los efectos futuros de hechos o actos, anteriores a su promulgación, sin ser retroactiva.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/363215-0b0d72c3/retroactividad-de-las-leyes · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 3779/30. Juárez Mora Francisco. 21 de abril de 1932. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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