COSTAS EN LOS JUICIOS MERCANTILES.
El incidente de costas en los juicios mercantiles, se aparta de las reglas generales establecidas para la prueba, sujetándose, estrictamente, a los trámites que marcan los artículos 1086, 1087 y 1088 del Código de Comercio, los cuales no autorizan la apertura de una dilación probatoria, y las leyes comunes son supletorias, en este punto, del citado Código de Comercio, el cual, en ninguna de sus disposiciones, dice de qué manera pueden cerciorarse los tribunales de que el patrono que cobra costas, tiene título legal.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/363339-2b46086c/costas-en-los-juicios-mercantiles · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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