EJIDOS, CAMBIO DE LOCALIZACION DE LOS.
Antes de que se promulgara la Ley Agraria de 21 de marzo de 1929, ninguna de las leyes, decretos o circulares en materia de ejidos, facultaba a la Comisión Nacional Agraria para cambiar las localizaciones de ejidos, después de que se hubiera dado la posesión definitiva, ya que la misma comisión no tenía otro carácter que el de consultora del presidente de la República y ejecutora de sus resoluciones.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/363720-551b405c/ejidos-cambio-de-localizacion-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1383/30. Cordera Eduardo y coagraviados. 24 de julio de 1931. Unanimidad de cinco votos. Relator: Daniel V. Valencia.
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