Corpus
Modo: Corpus Pro

QUEJA POR DEFECTO DE EJECUCION.

Clave: — · Registro digital (IUS): 363896 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXI; Pág. 1235

Cuando la queja se hace valer porque no se da cumplimiento a una ejecutoria de amparo, puede interponerse en cualquier tiempo, sin que corra plazo alguno; mas tratándose del recurso de queja por defecto de ejecución de un fallo constitucional, forzosamente debe correr algún término para que los interesados hagan valer el recurso, pues sería absurdo que las disposiciones dictadas para cumplimentar una ejecutoria de amparo, carecieran de firmeza, y pudieran ser revocadas o modificadas en cualquier tiempo.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/363896-40d92980/queja-por-defecto-de-ejecucion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Queja en amparo civil 300/29. Pineda Emiliano. 2 de marzo de 1931. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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