HIJOS NATURALES.
El artículo 198 de la Ley de Relaciones Familiares exige, para justificar la filiación de una persona; no solamente la prueba testimonial, sino que exista un principio de prueba por escrito.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/363959-3552ecb7/hijos-naturales · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 3334/30. Badillo Juan. 11 de abril de 1931. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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